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  • Georreferenciación cuando haya diferencias
    entre escritura, catastro o registro de la propiedad.
  • Actualización de datos catastrales.
  • Planos Georreferenciados
    en toda obra nueva.

Planos Georreferenciados

Realizacíon deplanos georreferenciados GML o XML para entregar en notaría, registro de la propiedad o catastro.

Dichos planos son necesarios siempre y cuando haya una desviación entre los datos de lindes o dimensiones de una propiedad de una escritura, registro de la propiedad o catastro así como para toda obra de nueva construcción.

¿Cómo realizar un plano georeferrenciado?

Pasos a seguir para tramitarlo

Durante una compra venta de una finca, si usted es el propietario, debe identificar en la notaría cuáles son sus fincas objeto de la compraventa. Para ello, tendrá que llevar la referencia catastral de los inmuebles. El notario le pedirá la certificación catastral y la manifestación de que la descripción del inmueble se corresponde con su realidad. Si esto no es así, se debe iniciar un proceso de actualización del catastro.

Ya sea porque hay que subsanar las discrepancias o porque falta incorporar alguna alteración en el catastro, será necesaria la representación gráfica alternativa georeferenciada.

En ESTOP le podemos ayudar a la realización de dicha representación gráfica, con entrega de plano georreferenciado y fichero informático que luego será validado en la sede electrónica de la Dirección General del Catastro.

El catastro emitirá un informe de validación, indicando que ahora sí se corresponde con la realidad de la finca. Si el procedimiento con la notaría va a buen fin, la información se remite el catastro de forma que en el registro se actualiza y se incorpora a la escritura de compraventa.

Luego, esta escritura se presenta al registro catastral solicitando su inscripción. Llegados a este momento, el registrador deberá comprobar la vigencia de la certificación gráfica y descriptiva del catastro, calificar la correspondencia de los planos con la realidad de la finca, siguiendo los criterios de la ley y tramitar el procedimiento de registro correspondiente.

El plano gráfico de la finca se puede inscribir en el registro de la propiedad sin necesidad del notario, pero para ello se debe aportar la certificación catastral descriptiva y gráfica o un plano gráfico alternativo que previamente haya sido validado por el catastro. También deberá aportar la descripción del inmueble según la escritura de la propiedad, añadiendo la validación del propietario de la finca, en el caso de que no sea usted.

A continuación, cuando ya se ha inscrito en el registro la representación gráfica catastral revisada, la finca queda coordinada de manera gráfica con el catastro y a partir de entonces, se entiende que los datos de ubicación de limitación y superficie de la misma, son los correctos.